martes, 8 de julio de 2014

Assalt al Parlament - Una absoluciò injusta i perillos-sa




El asedio al Parlamento autonómico junio de 2011 se ha saldado sin ningún castigo. La Audiencia Nacional ha decidido este lunes absolver a los 19 Acusados, que se enfrentaban a una petición de cinco años y medio de prisión por Parte del fiscal, los Delitos Atentado contra la autoridad y contra las instituciones del Estado. La única sanciones impuesta a los imputados es una pena de cuatro días de localización a uno de Ellos, por una falta de daños, para pintar la chaqueta de la entónces diputada autonómica del PSC Montserrat Tura. 

En el pleno de ese día Sólo pudieron asistir 70 de los 135 Diputados, y Algunos de Ellos-como el presidente de la Generalitat, Artur Mas, o el entónces líder de la oposición, el socialista Joaquim Nadal-tuvieron que acceder en helicóptero al edificio del Parlamento autonómico. 

Según la sentencia, los manifestantes "ejercitar el derecho fundamental de manifestación" para "reivindicar los Derechos sociales y los Servicios Públicos ante los recortes presupuestarios", así como para "expresar el divorcio entre representantes y representados". Y Recuerda que la libertad de Expresión y el derecho de reunión "Gozán de una posición preferente en el orden constitucional, por lo que Debén ser objetivo de una especial protección y NECESITAN de un amplio espacio exento de coacción". 

La sentencia de la Audiencia Nacional no Sólo justifica el violento asalto al parlamento catalán en el Parlamento catalán como una defensa de la Constitución, (?) Sino que no duda en atacar a los "medios Privados" de comunicación a los que atribuye el secuestro de la voz de determinados sectores. Dicen los magistrados de la Audiencia en apoyo escrito que: 

"Cuando las Vías de Expresión y de Acceso al espacio público se encuentre Controlados por mitjans de comunicació Privados, Cuando sectores de la sociedad Tienen una gran dificultad para hacerse Oír o para intervenir en el debate político y social, resulta obligada admitir cierto Exceso en el , ejercicio de las Libertades de Expresión o manifestación si se Quiere dotar de un mínimo de eficacia a la protesta ya la crítica, como mecanismos de imprescindible contrapeso en una democracia que se sustenta sobre el pluralismo, valor esencial, y que PROMUEVE la libre igualdad de personas y Grupos para que los Derechos Sean reales ". 

La sentencia la ha adoptado la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, pero con el voto particular de apoyo presidente, Fernando Grande-Marlaska. Este era partidario de condenar 10 de los activistas por un deleite contra las instituciones del Estado , así como de elevar deleite de daños a la falta de daños que ha sentenciada. Tanto la Generalitat como el fiscal general han decidido recorrer con buen Criterio. 

Contemple aquellas escenas miedo TV y entiendo que los atacantes por lo que hicieron ese día Deberían pagar por lo que hicieron, ya que coartar el normal Funcionamiento de una Institución que se podrá estar o no de Acuerdo con suspensión decisiones, pero con sentencias como esta no se más que una incitaciones al terrorismo. 

Si en algún momento he expresadas que la Audiencia Nacional que desde muchos ángulos está consideración un tribunal político, deberia desaparecer, por no existir en este momento razón de este tribunal especial ya que los atentados terroristas y la situación en el País Vasco fué el motivo de apoyo Implantación Hace tiempo y que sea el sistema judicial ordinario por sorteo que se ocupe de los casos penales y más Aún si las sentencias que emitiendo son tan perturbadoras y contradictorias como ésta.

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